Este Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO:Sin lugar, la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora en fecha 24de octubre de 2000. En consecuencia se confirma en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de agosto del año 2000. SEGUNDO:En virtud de que la parte actora ha resultado vencida, se condena en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas....