Este Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación ejercida en fecha 13 de octubre de 1999 por la apoderada judicial de la parte demandada en contra de la sentencia en fecha 12 de agosto de 1999, emanada del Juzgado Décimo Quinto de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas.SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado en todas y cada una de sus partes por sentencia dictada por el Juzgado Décimo Quinto de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de agosto de 1999. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte apelante. Expídase copia certificada de la presente decisión para ser agr.....