Fue practicada medida de Entrega Material sobre el inmueble objeto de la práctica de la medida y se puso en posesión de la ciudadana BELKIS COROMOTO MARÍN PÉREZ, en la persona de su apoderado judicial abogado HERVACIO ANTONIO SAMBRANO, quien lo recibió libre de bienes y personas en el acto. Así mismo, desistió del derecho de embargar bienes propiedad de la parte demandada.