Se practicó medida de embargo preventivo, sobre las SETECIENTAS VEINTICINCO (725) acciones nominales, serie A-059, y las CIENTO VEINTICINCO (125) acciones nominales, serie B-043, pertenecientes al ciudadano JOSÉ DAVID CRESPO GONZÁLEZ, antes descritas, declarando su desposesión jurídica, dejándolas en posesión del ciudadano RAFAEL BENÍTEZ, representante legal de la Depositaria Judicial designada, quien se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en la Ley sobre Depósito Judicial y demás Leyes de la República. Asimismo ordena estampar en el libro de accionistas de esta empresa, folio cincuenta (50) la nota respectiva.