Fue practicada medida de embargo preventivo, sobre el cincuenta por ciento (50%) de las ciento noventa y un (191) acciones, clase "B", lo cual, asciende a la cantidad de Noventa y Cinco (95) acciones clase "B", cuyo valor nominal de cada una de ellas, asciende a la cantidad DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) cuyo equivalente es la cantidad de DIEZ BOLIVARES FUERTE (Bs. F. 10,00), pertenecientes al ciudadano JAIRO RAFAEL TOTESAUT GONZÁLEZ, declarando su desposesión jurídica, dejándolas en posesión del ciudadano RAFAEL BEINTEZ, representante legal de la Depositaria Judicial designada, quien se compromete a cumplir con todas y cada una de las obligaciones establecidas en la Ley sobre Depósito Judicial y demás Leyes de la República