V.- DISPOSITIVA.-
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fechas 22.09.2011 y 23.09.2011 (f.451 y 458), por los abogados FERNANDO JOSÉ PLANCHART MARQUEZ, con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANUBIS PÉREZ DE MARZULLI, y VILMA CANELÓN, actuando en su propio nombre y representación, como demandada contra la sentencia definitiva de fecha 12.11.2010 (f.286-292), proferida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por SIMULACIÓN sigue el ciudadano HUGO ROLANDO DE FREITAS LOZADA contra las ciudadanas VILMA ELIZABETH CANELÓN GARCÍA, AIDA MARÍA GARCÍA CAMARGO y ANUBIS BRITO MALDONADO. Y, en consecuencia, se declara LA NULIDAD, POR SIMULADAS Y FICTICIAS de las siguientes ventas: (i) la ciudadana VILMA ELIZABETH CANELON GARCIA, con cédula de identidad Nº V-6.088.648 a la ciudadana AIDA MARIA GARCIA CAMARGO, con cédula de ide.....