IV. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida el 29.10.2014 (f. 182), por la abogada Isabel Peña Terán, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano JOSÉ FRANCISCO DOS SANTO BARROS, contra la sentencia definitiva dictada el 23.10.2014 (167 al 180) por el Juzgado Primero de Primera de Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró: (i) IMPROCEDENTE, el punto previo de perención de la instancia opuesto por la parte demandada; y (ii) Sin Lugar la demanda de divorcio contencioso incoada por el ciudadano JOSE FRANCISCO DOS SANTOS BARROS, en contra d.....