IV-
DISPOSITIVA.
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Anthogloris Diaz Meza, en fecha 13 de Noviembre de 2014, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil Valio Realty C.A., contra el auto de fecha 10 de Noviembre de 2014, dictado por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se le ordena al Tribunal Duodécimo de Municipio, computar a partir de la constancia en autos, de la participación que se haga a la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, ordenado en auto de fecha 10 de Noviemb.....