III. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 03.06.2010 (f. 323 p.1) por el abogado Ambiorix Polanco Perez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil COBRANZAS EJECUTIVAS COBRA C.A., parte intimada, contra la decisión definitiva, dictada en fecha 21.05.2007 (f. 96 p.1), por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar el derecho a cobrar honorarios profesionales de la abogada SINAMAICA G. DE BELLO.
SEGUNDO: PROCEDENTE la perención de la instancia, argüida por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CO.....