III. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN propuesto por la abogada MAGALY ALBERTI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil CORPORACIÓN ANGORA, C.A., contenido en la diligencia de fecha 07.05.2012 (f. 175), por ser procedente conforme a lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Y, en consecuencia, se le imparte su homologación, con autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión definitiva dictada en fecha 12.03.2012 (f. 156-166) y su aclaratoria de fecha 20.03.2012 (f. 169), por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Car.....