V.- DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede CONSTITUCIONAL, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 03 de agosto de 2015 (f. 270-271, por el abogado HERMINIO CORDIDO, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO RAFAEL CARABALLO GOMEZ, parte presuntamente agraviada, contra la decisión de fecha 32 de julio de 2015258-268), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró: IMPROCEDENTE la presente acción de Amparo Constitucional
SEGUNDO: SIN LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano PEDRO RAFAEL CARABALLO GOMEZ, contra el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJE.....