III. DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el presente Recurso de Hecho interpuesto por el abogado AZMY ABDULHADI, actuando en su propio nombre y representación, así como en representación de su esposa, ciudadana MAGALLY DE ABDULHADI, contra el auto dictado el 02-12-2005 por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que oyó en un solo efecto la apelación interpuesta el 15-11-2005, contra la decisión proferida por ese Tribunal en fecha 14-11-2005.
SEGUNDO: No hay pronunciamiento en lo que respecta al auto recurrido de hecho, por cuanto no fue traído a los autos copia certificada de las actas que lo sustent.....