IV. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11.11.2010 (f. 100), por el demandado CARLOS EDUARDO CHACON GUDIÑO, contra Sentencia dictada en fecha 29.07.2010 (f. 86-91), proferida por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró CON LUGAR la demanda que por Desalojo Intentara la representación judicial de la sociedad mercantil INMUEBLES BRIF, C.A., contra el ciudadano CARLOS EDUARDO CHACON GUDIÑO.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de Desalojo, interpuesta por la sociedad mercantil INMUEBLES BRIF, C.A., contra el ciudadano CARLOS EDUA.....