IV. DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta en fecha 22.01.2010 (f.22) por el abogado Francisco J. Sosa Fontán, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadanos PEDRO JAVIER DEL CORRAL AVELLÁN y MISSIEL DEL CORRAL AVELLÁN, contra el auto dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 21.01.2010 (f. 20 y 21), actuando como segunda instancia, declaró inadmisible la prueba promovida por la parte actora, en el juicio que por Desalojo siguen contra los ciudadanos FERNANDO ALBERTO SCORCIO DE BRITO y FANNY BETTY BRITO ESTRADA.
SEGUNDO: Queda as.....