V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta el 24.10.2012, por el abogado José Miguel Lombardo Giambalvo, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana Vanesa Loredana de Marchi Alves contra la decisión del 19.10.2012, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró "(...) (i) IMPROCEDENTE la defensa de IMPUGNACIÓN DE LA CUANTÍA interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, por cuanto no aportó ningún elemento de convicción, que permitiera a este Tribunal, declarar la procedencia de tal alegato; (ii) SIN LUGAR la demanda de CUMPLI.....