IV. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE SIN LUGAR, las apelaciones interpuestas en fecha 02.11.2011 (f. 21, p.2) por las abogadas Nayadet Mogollón y María Olimpia Labrador, en su carácter de apoderadas judiciales de la EMPRESA DE PRODUCCIÓN SOCIAL E.P.S., VENEZOLANA DE PRODUCTOS SANITARIOS (VENPROSAN) C.A., parte demandada, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 31.10.2011 (f. 02, P.2), por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró con lugar la demanda que por Cobro de Bolívares (Vía Ejecutiva) sigue la sociedad mercantil BANCO DE COMERCIO EXTERIOR, C.....