IV.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27.11.2014 (f. 444), por el abogado José Ramón Varela Varela, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadana CLOVIS EUNICE ROA DE BRAVO, contra la decisión de fecha 01.08.2014 (f. 429 al 433) proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró perimida la instancia por haber transcurrido más de un (01) año de inactividad de las partes.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la perención de la instancia decretada por el juzgado de la causa, en el presente juicio de Cumplimiento de Contrato de Seguros seguido por .....