En fuerza de lo expuesto, este Juzgado Superior Primero, ADMITE el recurso de Casación anunciado por la abogada VILMA CANELÓN GARCÍA, actuando en su propio nombre y representación de las ciudadanas AIDA GARCÍA CAMARGO y ANUBIS PÉREZ MALDONADO, por haberlo interpuesto en tiempo útil, conforme a lo establecido en el artículo 314 del Código de Procedimiento Civil, y con base al criterio establecido por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia antes citado. Haciendo constar que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio lo fue el día dieciséis (16) de Enero de 2012.Y ASI SE DECIDE.
Se deja expresa constancia: (i) Que los folios 18 al 184, 187, 194 al 205 y 207 del cuaderno principal, se encuentran tachados y presentan enmendaduras; (ii) Los demás folios que no han sido testados, son válidos.
Remítase, con oficio, el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.-
LA JUEZ
DRA. INDIRA PARIS BRU.....