TERCERO: En consecuencia, al estar enmarcada la sentencia recurrida con los supuestos de la decisión antes mencionada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado Superior Primero declara INADMISIBLE el Recurso de Casación anunciado por el abogado FRANKLIN RUBIO, Inpreabogado Nº 54.152, contra la Sentencia dictada en fecha 09.04.2015, por este Juzgado Superior. Y ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
LA SECRETARIO ACC
DAMARIS MARTINEZ
IPB/MAP/jean carlos.-
Exp. AP71-R-2014-000625
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 30 de Noviembre de 2015
205° y 156°
Vista la diligencia suscrita en fecha 18.11.2015, por el abogado FRANKLIN RUBIO, Inpreabogado Nº 54.152, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPOSITO.....