III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta en fecha 20 de febrero de 2008 por el abogado RICARDO RAMÍREZ ORTIZ actuando en su condición de co-demandante, contra la decisión proferida en fecha 13 de febrero de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, expediente Nº99-2908, la cual se confirma.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, se declara INCOMPETENTE al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer.....