III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la abogada OMAIRA LIMPIO BOLÌVAR, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida en fecha 19 de septiembre de 2006, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declaró perimida la instancia de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS interpuso la ciudadana MARIELVA CAMARGO RISQUEZ contra los ciudadanos MIGUEL ÀNGEL CAMARGO BELTRÁN.....