Ahora bien, no se puede pensar que el resultado perjudicial de esa idea o fórmula llamada know how, es decir, el éxito o fracaso de este negocio que se ha constituido en franquicia, pueda comportar algún grado de responsabilidad civil para el franquiciante dentro del contrato de franquicia. En este sentido, el franquiciante no asume una obligación de garantía contra una evicción o pérdida del crédito del franquiciado quien ha decidido colocar su dinero en el emprendimiento de una franquicia (p. ej., como ocurre en la venta con la obligación de saneamiento de los vendedores, ex art. 1.503 Código Civil).
En fin, se debe establecer como premisa, que el franquiciante no tiene la obligación de garantizar el éxito o fracaso de lo que éste estima que será un negocio que dejará ganancias económicas. Esa fórmula o idea de negocio (que en otras ocasiones ha probado ser exitoso) es parte de este know how que se comunica en el contrato de franquicia, y que en caso de no haber servido para tene.....