III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes explanados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada DANIELA ORTEGA RAMÍREZ actuando en representación de la sociedad mercantil LIBRERÍA Y PAPELERÍA CENTRO PLAZA, C.A. contra la nota de secretaría de fecha 15 de octubre de 2007, estampada por el secretario del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Por la naturaleza de lo decidido no se produce condenatoria en costas.
Déjese copia de la presente decisión en el copiador de sentencias interlocutorias llevado por este Juzgado Superior de conformidad con lo establecido en el artículo 24.....