III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 22 de junio de 2009, por el abogado ANIELLO DE VITA CANABAL en su condición de apoderado judicial de la accionante sociedad mercantil BOLÍVAR BANCO C.A, contra la decisión proferida en fecha 15 de julio de 2009, por el Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó decretar la medida de embargo preventivo peticionada por esa representación, la cual queda confirmada con la motivación aquí expuesta.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de lo decidido, no se produce condenatoria en costas.
Expídase por Secretaría copia certifi.....