En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la recusación propuesta en fecha 24 de febrero de 2011, por el abogado LENÍN DÍAZ GUERRERO en su condición de apoderado judicial de la recusante ciudadana BLANCA NIEVES PANTALEÓN FERNÁNDEZ, contra la Dra. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA en su condición de Jueza Titular del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio por desalojo seguido por los ciudadanos CARMEN CONDE BELMONTE y CARLOS VALLEJO CONDE contra la ciudadana BLANCA NIEVES PANTALEÓN FERNÁNDEZ, expediente signado con el Nº AP21-V-2010-004247 de la nomenclatura del referido Juzgado. SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artí.....