IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante, sociedad mercantil INVERSIONES BOMILL C.A., en contra de la decisión proferida en fecha 21 de mayo de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la ejecución de la transacción de fecha 30 de mayo de 2006 y homologada en fecha 13 de junio del mismo año, debiendo proseguirse con los trámites de ejecución con respecto a las obligaciones de hacer previstas en los literales "A" y "D" de la cláusula séptima de la transacción de marras. En consecuencia, queda modificado el auto recur.....