En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la denuncia de subversión procesal, efectuada por el abogado LUIS ALBERTO ALBARRAN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de noviembre de 2021, por el profesional del Derecho LUIS ALBERTO ALBARRAN, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión del 16 de noviembre de 2021 y su ampliación del 22 de noviembre de 2021, dictadas por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: LA CONFESIÓN FICTA, de la sociedad mercantil CENTRO INTEGRA.....