Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara improcedente, de conformidad con la motiva del presente fallo, la acción de amparo constitucional incoada por Sociedad Mercantil Producciones Solid Show 2050 C.A. en contra de la decisión dictada el 26 de julio de 2010 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que guarda relación con el juicio que por cobro de bolívares incoara la Sociedad Mercantil L.E. Publik C.A. en contra de la Sociedad Mercantil Producciones Solid Show 2050 C.A.;
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte accionante de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre De.....