PRIMERO: Se declara con lugar, de conformidad con lo establecido en la motiva del presente fallo, la acción de amparo constitucional incoada por la asociación civil BAUMEISTER & BREWER, ABOGADOS CONSULTORES, en contra de la decisión dictada en fecha 29 de enero de 2008 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar las oposiciones formuladas el 21 de febrero y 29 de junio de 2006 por la ciudadana MILAGROS COROMOTO DE ARMAS DE FANTES SILVA y BLANCA SILVA de DE ARMAS (en el proceso cautelar), en el juicio que por estimación e intimación de honorarios incoara la parte accionante en contra de las ciudadanas antes mencionadas;
SEGUNDO: Se anula, de acuerdo a la motiva anterior, la referida decisión fechada el 29 de enero de 2008 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitan.....