De ahí, que conforme a lo antes señalado, en lo atinente a la apelación interpuesta el 19 de octubre de 2016 por el abogado Hugo Luís Dam Suárez, apoderada judicial de la parte actora, en contra de la Resolución del 13 de octubre de 2016 dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la medida de secuestro solicitada por el representante de la parte actora, en el Juicio que por DESALOJO incoara la sociedad mercantil Corporación Meral Market C.A. en contra de la sociedad mercantil Inkpool Sabana Grande C.A.
En consecuencia, asumida la competencia del presente asunto por este Juzgado Superior, lo procedente es ordenar a trámite el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada, en el Juicio que por DESALOJO incoara sociedad mercantil Corporación Meral Market C.A. en contra de la sociedad mercantil Inkpool Sabana Grande C.A.