Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, con una motivación distinta, la decisión dictada en fecha 16 de julio de 2014 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la medida preventiva de embargo sobre los bienes propiedad de la sociedad mercantil GALOPY CORPORATION INTERNATIONAL N.V. (parte demandada), solicitada por la parte actora, en el proceso de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES incoado por ANIBAL MONTENEGRO DÍAZ contra GALOPY CORPORATION INTERNATIONAL N.V., identificados ab-initio;
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta p.....