Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara improponible la solicitud de ingreso y resolución de la Regulación de Competencia interpuesta por la parte actora ante el A-quo el 06 de noviembre de 2009, en el juicio de Cumplimiento de Contrato incoado por JOSÉ ANDRÉS NÚÑEZ CHACIN contra el ciudadano JOSÉ LAMAS AGRAS, ambas partes plenamente identificadas ab-initio.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.