PRIMERO: Se REVOCA la decisión dictada el 14 de noviembre de 2011 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado inadmisible la solicitud de quiebra incoada por el MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA en contra de la empresa DE SAB DISEÑOS C.A.
SEGUNDO: Se ordena la admisión de la demanda presentada por el MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA en contra de la empresa DE SAB DISEÑOS C.A., pudiendo proceder el juez de la causa conforme a su autonomía e independencia y de acuerdo con la Constitución y la Ley, a tomar las medidas que considere menester.
TERCERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante, no produciéndose condenatoria en costas respecto del recurso.