De ahí que, de acuerdo a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente resolución:
PRIMERO: De conformidad con los artículos 183 al 185 del Código de Procedimiento Civil ordena la traducción al castellano de los instrumentos que rielan a los folios 63 al 87 en idioma inglés y francés, los cuales fueron producidos por la parte actora. Asimismo, se ordena la traducción de las notas en idioma inglés estampadas en el documento producido por la representación de la codemandada María Subero que cursa a los folios 153 al 155, en el proceso de PETICIÓN DE HERENCIA incoado FANNY ENRIQUETA MARCANO CANACHE en contra de los ciudadanos MARÍA ALEXANDRA SUBERO DE ORTEGA, JORGE ORTEGA Y MERY ELENA SÁNCHEZ DE ORTEGA, identificados ab-initio;
SEGUNDO: Se orden.....