III
DE LA DECISION
Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el Desistimiento de la apelación interpuesta el 26 de Junio de 2006 por el abogado LUIS ENRIQUE MOLINA MARCANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada (recurrente), en el juicio de Resolución de Contrato incoado por los ciudadanos SONIA BUZNEGO ASCANIO y JUAN MANUEL OROPEZA BUZNEGO contra la ciudadana ADA MARCANO GONZALEZ, antes identificados, quedando definitivamente firme la resolución judicial primigeniamente recurrida del 21 de marzo de 2006.
Se condena en costas a la parte demandada (recurrente), de conformidad con el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, Publíquese la presente decisión y en la oportunidad legal remítase la causa al A-quo.
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