Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia del 15 de mayo de 2015 proferida por este tribunal, formulada por el abogado LUIS FRANCISCO GARCÍA MARTÍNEZ, en su carácter de parte actora en el juicio que por ejecución de hipoteca incoara en contra de la ciudadana YOEMY CALMA BERBESI;
SEGUNDO: Se ACLARA el dispositivo del fallo del 15 de mayo de 2015, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, el cual quedará redactado de la siguiente manera: