Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se revoca la decisión dictada el 21 de noviembre de 2011 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había negado la prueba de cotejo promovida temporáneamente por la representación de la parte actora (04/11/2011), en el juicio que por cobro de bolívares incoara la sociedad mercantil Banesco, Banco Universal, en contra del ciudadano Roberto Rigobon, ordenándose en su lugar la admisión y trámite de evacuación del mencionado medio;
SEGUNDO: Se declara que no ha lugar a la petición de la actora, en el sentido de que se "declare la extemporaneidad.....