Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia dictada por este Juzgado Superior de fecha 22 de marzo de 2010, solicitada por el abogado LUIS ANTONIO SOSA RÍOS, en su carácter de apoderado judicial de ARQUIDIÓCESIS DE CARACAS y la sociedad mercantil DESARROLLO FONDO SAN ANTONIO N.V.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cinco (05) días del mes de abril de dos mil diez (2010). Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ,
Dra. EVELYNA D¿ APOLLO ABRAHAM.
LA SECRETARIA,
MARÍA CORINA .....