Como consecuencia de lo anteriormente señalado, este Tribunal Superior NIEGA el desistimiento del presente procedimiento, y se mantiene vigente el recurso de apelación intentado contra la sentencia dictada en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta circunscripción Judicial; planteado por la abogada ANDREINA PARADA BRICEÑO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, mediante diligencia presentada ante la Secretaría de este Despacho el día cuatro (4) de marzo de este mismo año.- Así se decide.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. OMAR RODRÍGUEZ AGÜERO
YAJAIRA BRUZUAL
ORA/YB/jb.-
14.593/AP71-R-2016-000166.-