DISPOSITIVO
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RUBÉN VÁSQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, ciudadano JOSÉ IGNACIO DEPABLOS, en contra de la sentencia dictada el día veintiuno (21) de mayo del año dos mil doce, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ IGNACIO DEPABLOS, en contra de actuaciones del Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de Desalojo, interpuesto por la ASOCIACIÓN COOPE.....