-III-
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela; y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que este Juzgado es INCOMPETENTE para conocer de la Acción de Amparo Constitucional ejercida por la ciudadana SALIMEH CURY DE KFOURI, quien actúa asistida del abogado ERNESTO TORRES MÁRQUEZ, ambos suficientemente identificados contra las actuaciones del Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Abogado Nelson Gutiérrez Cornejo, con motivo de la SOLICITUD DE ENTREGA MATERIAL, interpuesta por el ciudadano ARIOLFO ANTONIO NARANJO CALDERÓN, sustanciado bajo el expediente número AP31-S-2010-000279, por presunta violación a los derechos constitucionales previstos en los artículos 26 y 49, numerales 1 y 3 de la C.....