DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido a través de diligencia suscrita el once (11) de abril de dos mil dieciséis (2016), por la abogada MAURILYN BRITO ESPINA, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana MARIA GABRIELA MORON VALECILLOS., contra el auto dictado en fecha cinco (05) de abril de dos mil dieciséis (2016), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda REVOCADO el fallo apelado, únicamente en lo que se refiere a la negativa de la prueba testimonial.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado de la causa, que proceda admitir la prueb.....