DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida el día ocho (8) de octubre de dos mil quince (2015), por el abogado LUIS LESSEUR K., en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad de comercio KPILAR C.A., contra la sentencia dictada en fecha veinte (20) de julio de dos mil quince (2015), por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda REVOCADO el fallo apelado en toda y cada una de sus partes.
SEGUNDO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA intentada por la sociedad de comercio KPILAR C.A., contra la ciudadana ALEXANDRA MÁRQUEZ GONZÁLEZ. En consecuencia, SE DECLARA: La existencia d.....