DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el fraude procesal por colusión alegado por la parte intimada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la defensa de falta de cualidad del ciudadano MANUEL LOERO alegada por la parte intimante.
TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de confesión ficta alegada por la parte intimante.
CUARTO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado HUGO LUIS DAM SUAREZ, contra la decisión pronunciada en fecha veintiséis (26) de julio de dos mil doce (2012), por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual QUEDA CONFIRMADA en toda y cada una de sus partes.-
QUINTO: SIN LUGAR la .....