En consecuencia, se NIEGA el Recurso de Casación anunciado en fecha veinticinco (25) de junio de dos mil doce (2012), por la abogada MAIRA CABRERA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha veintiocho (28) de mayo del presente año.
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM.
LA SECRETARIA ACC,
PATRICIA LEÓN VALLEÉ.
EDAA/jb.-
Exp, N° 13.564.-