DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha ocho (8) de julio de dos mil catorce (2014), por la abogada INES ARMINIA RIVAS, en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadana CONSUELO GARCIA DE ASPILLAGA, en contra de la sentencia dictada el tres (3) de julio de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda REVOCADO el fallo recurrido.
SEGUNDO: Se ordena al Tribunal de Municipio que corresponda conocer pronunciase sobre la admisión de la presente demanda. .....