DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dieciséis (16) de octubre de dos mil diez (2010), por la abogada MARTHA AVILA BELL, en su condición de apoderada judicial de la parte actora ciudadano OSWALDO CEDEÑO, en contra de la decisión pronunciada en fecha dos (02) de julio de dos mil diez (2010), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda MODIFICADA la decisión recurrida, como se dejó establecido.
SEGUNDO: PROCEDENTE la defensa de fondo de falta de cualidad o de interés del demandante, ciudadano OSWALDO CEDEÑO para intentar y sostener el juicio.....