DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha dos (02) de agosto de dos mil diez (2010), por la abogada DANIELA TRIAS NANCY, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadano JUAN CARLOS CASIQUE PELUFFO, contra la decisión dictada en fecha veinte (20) de julio de dos mil diez (2010), por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró IMPROCEDENTE la oposición a la medida de secuestro decretada por ese Juzgado en fecha veinticuatro (24) de marzo de dos mil nueve (2009), sobre el inmueble constituido por los locales Nº P (63, 64, 65 y 66), ubicado en planta de Nivel Plaza del Centro Comercial Galerías Ávila.
SEGUND.....