PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado en fecha 12 de diciembre del año 2005, por la abogada BLANCA ESCALANTE OROZCO, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 12 de diciembre de 2014, por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró SIN LUGAR la demanda que por Prescripción Adquisitiva fuera incoado por el ciudadano GERARDO DARIAS PADILLA, en contra de los HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE JULIA CARABALLO Y OTROS.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 09 de diciembre de 2005, por el abogado JOAO HENRIQUES DA FONSECA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 12 de diciembre de 2014, por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metro.....