PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido en fecha 6 de agosto de 2012, por la abogada VESTALIA MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 10.375, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanos DANIELLA DIEZ de DEYON y ANTONIO DEYON PERNALETE, en contra de la decisión dictada el 1º de agosto de 2012, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar la demanda de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano MANUEL DIEZ VARON, y ordenando a los querellados la restitución inmediata del inmueble constituido por un Penthouse del edificio Every, situado en la avenida Andrés Bello de la Urbanización Los Palos Grandes, Jurisdicción del Municipio Chacao del Estado Miranda;
SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MANUEL DIEZ VARON, quien es venezolano, mayor de edad, divorciado.....